lunes, 6 de agosto de 2012

FUNDAMENTOS BASICOS DEL DERECHO GENETICO




Por Enrique Varsi Rospigliosi 
Abogado  por la Universidad de Lima,  Profesor de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad de Lima y Universidad de San Martín de Porres. Magíster en Derecho. Mienbro del Instituto Peruano de Derecho Civil autor de diversas obras en Derecho de Familia.

El derecho como fenómeno ordenador se encarga de regular conductas, vivencias y relaciones humanas, a fin de lograr la paz social y la sana convivencia. Pero el derecho no es inerte ni estacionario, es variable y dinámico, puesto que debe adecuarse a los cambios (sociales, políticos, económicos y científicos) que influyen sobre la vida del hombre.

Muchas veces el derecho espera demasiado tiempo para regular un hecho o una situación, su carácter previsivo así lo exige a efectos de medir a priori las consecuencias sociales que genere. Mientras el derecho es paciente, las ciencias son audaces, y esto explica que algunos sostengan que el derecho cumple un rol conservador dentro de la sociedad civil, en oposición a él las ciencias en general tienen una tendencia que podría llamarse liberal. Es por ello por lo que el derecho no ha caminado a la par en su desarrollo, no ha seguido el ritmo vertiginoso impuesto por las ciencias. Hoy en día una de las ciencias que influye de manera determinante en el derecho es la ciencia médica. 

Así, la biología ha determinado el inicio de la vida Humana, el momento del nacimiento, el de la muerte de una persona y la investigación negativa de la paternidad; la cirugía, los trasplantes de órganos y la adecuación de sexo; la procreática, las técnicas de reproducción asistida, la ingeniería genética y la investigación del genoma humano; por último, la genética ha aportado la determinación biológica de la paternidad.

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